La modificación constitucional ya fue oficializada, pero todavía deberá ser ratificada por la ciudadanía en las próximas elecciones legislativas.
El gobernador de Mendoza, Alfredo Cornejo, promulgó este miércoles la ley que habilita la enmienda constitucional sobre autonomía municipal, una reforma que modifica el artículo 197 de la Constitución provincial y que ahora deberá ser sometida a un plebiscito popular en 2027.
La norma fue publicada en el Boletín Oficial bajo la Ley 9709 y representa un nuevo paso dentro de la reforma institucional impulsada por el Ejecutivo mendocino para adecuar el régimen municipal a lo establecido por el artículo 123 de la Constitución Nacional.
A través de sus redes sociales, Cornejo defendió la medida y sostuvo que la reforma “da mayor previsibilidad al funcionamiento de los municipios” y consolida su autonomía “con responsabilidad”.
“Hace más de una década venimos construyendo un camino basado en reglas claras, transparencia y responsabilidad en la administración de los recursos públicos. Ese es el camino que sostenemos”, expresó el mandatario.
Pese a la promulgación, los cambios todavía no entrarán en vigencia de manera automática. La propia ley establece que la ciudadanía deberá aprobar o rechazar la enmienda mediante un plebiscito que se realizará junto a las elecciones legislativas de 2027.
Si obtiene respaldo mayoritario, la reforma quedará incorporada de manera definitiva al texto constitucional mendocino.
El nuevo artículo establece que los municipios “gozarán de autonomía institucional, política, administrativa y económica financiera”, aunque aclara que esas facultades deberán ejercerse dentro de los límites fijados por la Constitución Provincial y sin afectar competencias reservadas a la Nación o a la Provincia.
Además, la reforma habilita a cada municipio a redactar su propia Carta Orgánica mediante convenciones municipales. En los departamentos que no avancen con ese proceso, continuará vigente la actual Ley Orgánica de Municipalidades.



